Autónomos: baja laboral y seguros que complementan la prestación pública

Autónomos baja laboral y seguros que complementan la prestación pública

Autónomos: baja laboral y seguros que complementan la prestación pública

Si eres autónomo (RETA), una baja puede dejarte sin ingresos desde el día 1, mientras que la prestación pública llega parcial y con carencias. Aquí tienes una guía clara: cómo funciona la baja, qué seguros la complementan, cuánto cobrarías y qué mirar en la letra pequeña.


1) ¿Cómo cobra la baja un autónomo (RETA)?

Tipo de contingenciaDesde cuándo se cobra% sobre base reguladoraQuién paga
Enfermedad común / accidente no laboralDías 1–3: 0 € · Días 4–20: cobra60% (días 4–20) · 75% (desde día 21)Mutua/Seguridad Social
Accidente de trabajo / enfermedad profesional (si tienes contingencias profesionales)Desde el día siguiente al hecho75%Mutua

Base reguladora ≈ tu base de cotización mensual / 30.
Ejemplo: base 1.000 €/mes → base reguladora 33,33 €/día.

  • Baja común 18 días: (0×3) + (60%×15×33,33) ≈ 300 €.
  • Accidente laboral 18 días: 75%×18×33,33 ≈ 450 €.

Ojo: si cotizas por base mínima, la prestación es baja. Por eso muchos autónomos contratan ILT diaria (subsidio por día de baja) o accidentes.


2) Qué seguros complementan (y en qué ayudan)

NecesidadPrestación públicaSeguro que complementaCómo te ayuda
Ingresos desde el día 1No (días 1–3 sin cobrar en baja común)ILT diaria (incapacidad laboral temporal)X €/día desde el día 1, 4 o 7 (según modalidad)
Días de hospitalización/uciNo específicoHospitalizaciónX €/día mientras estás ingresado
Accidente laboral/“in itinere”75% desde día siguiente (si cotizas CP)Accidentes (capital + ILT por accidente)Indemnización por fracturas/lesiones + €/día
Secuelas gravesPosible incapacidad permanente (lenta y no siempre alta)IPA/IPT (vida/accidentes)Capital si quedas incapacitado para tu actividad
Gastos médicos privadosNo (es por baja laboral, no salud)Salud con cuadro médicoAcelera pruebas y reduce días de baja

3) ILT diaria: cómo elegirla (sin tirar el dinero)

  • Inicio de pago: desde día 1 (más caro), o día 4/7 (más barato).
  • Cuantía: calcula tu hueco:
    • Baja común: días 1–3 0 € + 60% desde el 4; pon ILT que complete hasta tu ingreso objetivo.
    • Accidente laboral: quizá te basta menos ILT (ya cobras 75% público desde el día siguiente).
  • Duración: muchas ILT pagan hasta 365 días por proceso (consulta límite).
  • Carencias típicas: enfermedad 30–60 días desde alta; accidente sin carencia.
  • Exclusiones habituales: preexistencias, espalda/lumbalgias con límites, salud mental, deportes de riesgo, consumo de alcohol/drogas.

Ejemplo práctico (base 1.000 €/mes)

  • Quieres 1.000 €/mes netos si caes de baja.
  • Prestación pública (baja común, 30 días): (0×3) + (60%×17×33,33) + (75%×10×33,33) ≈ 1.066 €.
  • Si los primeros 3 días te rompen el mes, contrata ILT de 30–40 €/día desde día 1–3 para cubrir ese hueco y posibles copagos del resto del mes.

(Te lo saco exacto con tus días y base).


4) Tabla comparativa: pública vs seguros

AspectoPública RETAILT diariaAccidentesHospitalización
Pago desde el día 1Solo AT/EP (según modalidad) si accidente (si ingresas)
Cantidad% base (60/75%)Fija €/díaCapital + €/día€/día
TramitaciónParte de baja con MutuaMédico + informeParte accidenteInforme ingreso
CarenciasNo en AT/EPSuele 30–60 días (enfermedad)Suele sin en accidenteSuele 0–10 días
ExclusionesPreexistencias y otrasDeportes/actos temerariosAlgunas patologías

5) Letra pequeña que debes leer

  • Definición de “baja”: que la ILT pague por incapacidad profesional (tu actividad), no solo “cualquier trabajo”.
  • Reconocimiento médico / cuestionario: responde honestamente; evita anulaciones por “reticencia”.
  • Franquicia: ILT con franquicia de 3–7 días reduce prima sin dejarte vendido.
  • Compatibilidades: ILT + Hospitalaria suelen sumar; revisa si acumulan en accidente.
  • Revisiones: algunas pólizas piden seguimiento médico periódico para mantener el pago.

6) ¿Cuánto contratar? (paso a paso en 3 minutos)

  1. Calcula tu gasto fijo mensual (cuota autónomos, alquiler/local, luz, suministros, préstamos, nóminas si las hay).
  2. Estima ingreso objetivo al estar de baja (p. ej., 1.200 €/mes).
  3. Calcula qué te paga la pública con tu base (te lo calculamos en 1 min).
  4. Contrata ILT para cubrir la diferencia, empezando en día 1 o 4 según tu colchón.

7) Casos reales

  • Restaurador autónomo (base mínima): 20 días de baja por lumbalgia. La pública no paga 1–3 y luego 60%; con ILT día 4 (40 €/día), mantiene sus gastos fijos.
  • Fotógrafa freelance: fractura de muñeca (accidente). Cobre 75% público desde el día siguiente y Accidentes con indemnización por fractura + ILT desde día 1 25 €/día.
  • Rider: gastroenteritis con 7 días de baja. ILT día 1 (30 €/día) + pública desde día 4 → mes salvado.

8) Fiscalidad (pinceladas útiles)

  • La prima de accidentes vinculada a la actividad puede ser gasto deducible; salud hasta ciertos límites; otras (vida/ILT) dependen del caso. Consulta a tu asesor para no liarla.
  • Las indemnizaciones pueden tener tratamiento distinto según el seguro y el hecho causante.

9) Checklist de contratación

  • Base de cotización y mutua a mano.
  • Decide inicio de pago ILT (día 1 / 4 / 7).
  • €/día que realmente necesitas (gasto fijo).
  • Revisa carencias y exclusiones (espalda, salud mental, deportes).
  • Añade Hospitalización si tu actividad depende 100% de ti.
  • Considera Accidentes con tabla de fracturas/lesiones.
  • Guarda informes y facturas (validación de siniestros).

Preguntas frecuentes

¿Puedo contratar ILT si ya estoy de baja?
No. Debes estar de alta y pasar carencias (enfermedad) para tener cobertura.

¿Si trabajo parcialmente me pagan ILT?
No: ILT exige incapacidad para tu actividad. Algunas pólizas permiten franquicias que se adaptan a bajas cortas.

¿Me conviene subir base en lugar de ILT?
Subir base cuesta todos los meses y tarda en notarse. ILT es quirúrgica: pagas poco y cubre el hueco cuando la necesitas.

¿Qué pasa con maternidad/paternidad?
Son prestaciones distintas. La ILT suele no cubrirlas; revisa tu caso con nosotros.


Enlaces útiles

Seguridad Social — incapacidad temporal RETA y bases.

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